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El pasado 4 de diciembre, el Ministerio de Juventud e Infancia, ha hecho público un informe para el desarrollo de un entorno digital seguro para la juventud y la infancia.
El Ministerio de Juventud e Infancia ha encargado un informe, a un comité de 50 expertos, para diseñar una hoja de ruta que promueva entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes, e incluye 107 medidas a corto, medio y largo plazo, para garantizar derechos y proteger su desarrollo.

El documento ofrece un amplio diagnóstico sobre el impacto de las tecnologías en los menores de edad, en el que analiza, entre otras materias, la responsabilidad de la industria, la exposición de los niños y niñas en las redes sociales y las herramientas de protección.

En cuanto a las medidas de regulación dirigidas al sector industrial, se incorporan propuestas como la configuración por defecto de espacios seguros digitales (control parental) o la obligatoriedad de advertir en el etiquetado de los dispositivos sobre los riesgos que su uso tiene para la salud, y la elaboración de informes de impacto de dichos productos.

Por otro lado, el comité plantea una regulación sobre los creadores de contenido -incluyendo los “kids influencers”- y aboga por prohibir expresamente la involucración de menores de edad en la creación de dichos contenidos.
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El pasado 27 de noviembre, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abrió un proceso de consulta pública, hasta el 18 de diciembre, sobre el Proyecto de Real Decreto para la transposición de las denominadas “Directivas Desayuno” europeas.
El texto de la consulta pública plantea los siguientes cambios para cada uno de los Reales Decretos que se pretenden modificar:

En relación con el Real Decreto 781/2013 por el que se establecen normas relativas a la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas, se prevé permitir la declaración “los zumos de frutas contienen únicamente azúcares naturalmente presentes” así como introducir nuevas categorías de zumos de frutas con azúcar reducido, rebajar también la proporción de azúcares y/o miel que puede añadirse a los néctares de frutas naturalmente bajos en acidez, y añadir las proteínas procedentes de las semillas de girasol a la lista de ingredientes autorizados para la clarificación.

Para el Real Decreto 863/2003 por el que se aprueba la norma de calidad para la elaboración, comercialización y venta de confituras, jaleas, “marmalades” de frutas y crema de castañas, se quiere aumentar la cantidad mínima de fruta que debe utilizarse en la elaboración de dichos productos e incluir el zumo concentrado como ingrediente permitido en determinadas categorías.

Por último, en el Real Decreto 1054/2003 se pretende autorizar un tratamiento para reducir el contenido de lactosa en la leche conservada y se aprueba la norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.
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El pasado 21 de noviembre, el Ministerio de Sanidad abrió el proceso de audiencia pública hasta el 13 de diciembre, para un Proyecto de Real Decreto que modificará el RD 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de productos de tabaco.
Este proyecto se enmarca en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y en el texto propuesto introduce modificaciones en el Real Decreto 579/2017, que regula la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, que incluyen novedades en cuanto al etiquetado y presentación de los cigarrillos y productos de tabaco, eliminando elementos de diseño diferenciadores (empaquetado genérico).

También se regula la comercialización de los cigarrillos electrónicos sin nicotina y los productos de tabaco calentado, incluyendo obligaciones en materia de advertencias de texto y mensajes informativos (“Consumir este producto es nocivo para su salud”) y se limita el uso de aromatizantes. Además, se introducen en la norma dos nuevas categorías de productos: las bolsas de nicotina y los productos a base de hierbas calentadas, estableciendo requisitos de seguridad, etiquetado y comercialización.

El proyecto de Real Decreto establece dos plazos de transición: los fabricantes tienen diez meses para adaptarse a las nuevas normas de etiquetado, envasado y fabricación, mientras que los comercios tendrán doce meses para vender los productos que aún tengan en stock bajo la normativa anterior.
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El 16 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución 340/38471/2024, de 5 de noviembre, de la Dirección General de Infraestructura.
La Resolución 340/38471/2024 aborda contraprestaciones económicas a las autorizaciones especiales de uso de espacios de cualquier instalación militar, para realizar la grabación de películas, series documentales o de ficción, programas no informativos de televisión, anuncios comerciales o cortometrajes.

Esta norma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, referente a las autorizaciones especiales de uso de espacios de cualquier instalación militar, para realizar la grabación, entre otros, de anuncios comerciales, establece las siguientes contraprestaciones:
Por día de rodaje en instalaciones militares operativas que sean Bien de Interés Cultural: 10.000 euros.

Por día de rodaje en el resto de las instalaciones militares operativas: 4.000 euros.

Por día de rodaje en instalaciones militares sin uso: 2.000 euros.
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Dictamen CESE
El 28 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), un Dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE), órgano consultivo de la Unión Europea, que insta a reforzar los requisitos de información a los consumidores teniendo en cuenta su creciente sensibilización social y medioambiental, y las posibilidades que hoy en día ofrece la innovación tecnológica.

El citado informe concluye, entre otras cuestiones, que las páginas web que contienen información dirigida a los consumidores deberían tener un diseño más neutro y carente de patrones oscuros. Del mismo modo, manifiesta la necesidad de reforzar las actuaciones de vigilancia y control del derecho a la información de los consumidores, adoptando las medidas oportunas.
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Chile y Protección de Datos
El 24 de noviembre, Chile promulgó su Ley de Protección de Datos, que establece un marco regulador más robusto en esta materia con el fin de proteger la privacidad de los ciudadanos y alinearlo a estándares internacionales como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE.

Entre sus disposiciones, la ley crea la Agencia de Protección de Datos Personales, un organismo autónomo que se encargará de supervisar el cumplimiento de dicha norma e imponer las sanciones correspondientes en caso de infracción.
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Parlamento Europeo y DSA
El 20 de noviembre, el Parlamento Europeo publicó un documento en el que repasa el estado de aplicación del Reglamento de Servicios Digitales (DSA), normativa que pretende promover la seguridad de los usuarios y fomentar la confianza en el entorno digital.

En el documento se señala que la aplicación nacional de la DSA ha quedado limitada debido a retrasos en la designación y habilitación de los Coordinadores Nacionales de Servicios Digitales (CSD) por parte de los Estados miembros. Por ello, se han remitido dictámenes dirigidos a aquellos países que todavía no han designado los CSD, o no los han habilitado, como sería el caso de España.

En el documento también se detalla que la Comisión Europea está investigando a plataformas tales como X (anteriormente Twitter), TikTok, AliExpress, Meta (Instagram y Facebook) y Temu, con el objetivo de abordar temas como la transparencia publicitaria, la protección de menores, la moderación de contenido y la accesibilidad de datos para investigadores.
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Comisión Europea y Código de Buenas prácticas IA
El 14 de noviembre, la Oficina de Inteligencia Artificial de la Comisión Europea (AI Office) publicó el primer borrador del Código de Buenas Prácticas sobre modelos de IA de propósito general, que pretende servir como guía para el desarrollo y la implementación de modelos de IA de uso general seguros y confiables, dentro del marco de la aplicación del Reglamento de IA.

El texto parte de la base de las contribuciones recibidas a la consulta multilateral lanzada por el AI Office el pasado mes de julio, y ha sido elaborado por cuatro grupos de trabajo: (i) transparencia y derechos de autor; (ii) identificación y evaluación de riesgos; (iii) mitigación de riesgos técnicos; y (iv) gestión interna del riesgo y gobernanza de los proveedores de IA de propósito general.

Tras la publicación de este primer borrador deberá seguir desarrollándose en cada una de las cuatro rondas de elaboración previstas, y su redacción finalizará en abril de 2025.
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Noruega y Menores Online
El 14 de noviembre, el Consejo de Consumidores Noruego publicó un informe que destaca los diversos riesgos a los que se enfrentan los jóvenes en Internet, incluida entre otros, la publicidad "basada en datos de navegación", la comercialización de productos con alto contenido en grasas, sal y azúcares (HFSS) y la comercialización de bebidas alcohólicas, así como los patrones oscuros.

El informe propone varias medidas para proteger mejor a los jóvenes en el espacio digital tales como la prohibición de la publicidad dirigida a niños menores de 16 años, y la revisión de determinadas normas europeas como la Directiva sobre prácticas comerciales desleales, la Directiva de servicios de comunicación audiovisual y el Reglamento general de protección de datos.

A nivel de la UE, los responsables políticos se están preparando para una próxima Ley de Equidad Digital (“Digital Fairness Act”) que tratará de abordar cuestiones como las prácticas de personalización de anuncios, el marketing de influencers y el diseño engañoso. Se espera que se inicie una consulta pública sobre este tema a mediados de 2025.
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Australia y Redes Sociales
El 7 de noviembre, el primer ministro australiano, Anthony Albanese, anunció que pretende prohibir el acceso a las redes sociales a menores de 16 años.

Según el marco regulatorio propuesto, las plataformas como Facebook, Instagram y TikTok serían responsables de garantizar que los usuarios cumplan con el nuevo requisito de edad. Sin embargo, el gobierno no ha especificado los métodos que estas empresas deberían emplear para verificar las edades de los usuarios, lo que deja poco claros los detalles de su aplicación.

El gobierno planea presentar la legislación, al Parlamento, a finales de este mes, con la expectativa de que se apruebe y entre en vigor tras un período de implementación de 12 meses, lo que supondría un plazo, para las plataformas de redes sociales, que llegaría hasta diciembre de 2025 para implementar las medidas de cumplimiento.
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